Para vender o alquilar en Extremadura su edificio, vivienda, local u oficina desde el 1 de junio de 2013 necesita un certificado energético o certificado de eficiencia energética de su vivienda o local. (Real Decreto 235/2013, de 5 de abril).
También, cualquier anuncio o publicidad para poner en venta o alquiler su inmueble (en inmobiliarias o páginas web), deberá ir acompañada con la correspondiente etiqueta energética.
La no incorporación de este certificado energético en Extremadura por parte del propietario del inmueble conlleva elevadas sanciones (leves hasta 3005,06 €, graves hasta 15025,30 € y muy graves hasta 601012,10 €).